TORROTITO (Originalmente la pitada del baupres)
El vapor a hélice con casco de hierro MARTHA LORD fue botado el 8 de noviembre de 1855 por los astilleros Richardson, Duck & Company Ltd., con el número de grada 6. Su O.N. era el 14710 y se entregó a sus armadores en diciembre de ese mismo año, posiblemente rebautizado como ALEPPO. Su primer armador fue Auxiliary Screw Shipping Co. (management de C. P. Lascardi), de Londres. De 491 toneladas de registro bruto, 334 de registro neto, (646 burthen) tenía una eslora entre perpendiculares de 189,8 pies, una manga de trazado de 27,2 y un puntal en bodega de 12,8 pies, dando su máquina auxiliar (era lo que los ingleses llamaban un auxiliary steamer) una potencia de 350 caballos (Fuente: Tees Built Ships)
¿Era este el mismo vapor que en el año 1861 llego a formar parte de la naviera de Butler Hermanos con el nombre de NON PLUS ULTRA? Es muy probable, debiendo tenerse en cuenta los diferentes modos de arqueo empleados, según las diferentes legislaciones seguidas.
¿Es el NON PLUS ULTRA el vapor que ilustra la foto de este artículo? Es posible, aunque no lo podemos confirmar.
Pues bien, con estas dos premisas iniciamos este artículo, cuyo centro será la copia íntegra -muy extensa- de su hoja de asiento según el Registro de Marina. El resumen de este, muy enrevesado en sí mismo, es el siguiente:
En 1861 viene a la matricula nacional como propiedad de la naviera Butler Hermanos, que en aquella época era de inmensa importancia en la Marina Mercante nacional. Figuraba en la documentación a nombre de D. Eduardo Víctor Moriane. Esta naviera, conocida como Línea Peninsular de Paquetes de Vapor, tuvo, entre otros, los SANLUCAR, MONARCA, APOSTOL, VENCEDOR DE ÁFRICA, BUENAVENTURA, AMALIA, CAPRICHO, PERSEVERANCIA y el susodicho NON PLUS ULTRA. ¡Casi nada!
Según parece ser, por motivos desconocidos, la flota de Butler Hermanos la adquiere Crédito Comercial, seguramente una entidad financiera, en la que figura como propiedad de D. Francisco Comte.
En 1969 se liquida la sociedad Crédito Comercial y la flota pasa a titularidad de D. Julio Grimaldi y Pulido.
En 14 de diciembre 1871, consta que se ha vendido a D. Ricardo Trías, como gerente de la sociedad comanditaría, establecida en Sevilla, «Ricardo Trías y Compañía»
En 28 de septiembre de 1874 se vende este vapor a D. Tomás de la Calzada y Rodríguez por la suma de 50.000 pesetas.
El 31 de agosto de 1875, D. Tomás de la Calzada, armador de este buque, lo enajena a favor de D. Cristóbal Llusá y Puig, del comercio de Barcelona, de la sociedad de dicha plaza “Llusa y Compañía”, en donde vive una atormentada vida marítima, legalmente sobresaltada por multitud de embargos, que acaban en pública subasta.
El 4 de julio de 1879, es adjudicado a D. Antonio Camps, como mejor postor, por la cantidad de 13.467 pesetas, aunque lo hizo a nombre y por cuenta de D. José Torrabadella y Badía.
El 7 de septiembre de 1880, D. José Torrabadella y Badía vendió este buque a D. Antonio Pascual y Nicolau, de Palma de Mallorca, por el precio de 45.000 pesetas. Este lo renombro BALEAR, poniéndolo en la línea de Palma a Barcelona y puertos franceses del Mediterráneo.
Tras múltiples penalidades comerciales, y tras varios embargos, el buque se vende, y en 22 diciembre de 1883, en pública subasta es adjudicado a D. Ignacio Marques.
El 23 de agosto de 1884 comienza su desguace en Barcelona, dejando una jugosa cantidad a su propietario, que no armador.
Leamos la copia de su asiento:
…”NON PLUS ULTRA (5ª Lista –vol. II –folio 111 de vapores) Desde octubre de 1880 se llamó BALEAR.
Vapor con casco de hierro y movido por hélice que se inscribió aquí coma propiedad de «Llusá y Compañía«, de este comercio.
En 26 de noviembre 1880 se consignó, el resultado del arqueo que se practicó a este vapor según decreto de 2 diciembre 1874, resultando medir; 55,04 metros de eslora, 8,34 de manga y 3,86 de puntal, con 528,24 toneladas de registro bruto o total arqueo y 350,14 toneladas netas.
Formóse su asiento el 10 de enero de 1876, en virtud de oficio del Excmo. Sr. Capitán General del Departamento le Cartagena, de fecha 29 diciembre anterior y con el que se remitió copia del que tenía en Sevilla y que decía en lo esencial: «En el folio 44 de la 5ª Lista.- Vapor de hierro y hélice «NON PLUS ULTRA» (antes ALEPPO?) de construcción inglesa y de las dimensiones siguientes: eslora, 91 pies (error, seguramente 191 pies); 29 de manga de construcción, 28 de manga de arqueo y 14 ½ de puntal, que hacen un total de 416 toneladas, de las que rebajadas 196 por los espacios de máquinas y carboneras, quedan 220 toneladas. Potencia de la máquina 116 caballos. -Formóse este asiento en 26 diciembre dl 1871, en méritos de orden del Sr. Comandante General del Departamento de Cádiz, de fecha 22, y del documento remitido por la Escribania de Marina, en el que consta que en el folio 65 de la 2ª Lista (?) de dicha matrícula se encontraba el asiento siguiente: formóse el 31 de enero de 1861 en virtud de escritura otorgada en la Escribanía de Marina de esta Provincia, en igual fecha y por orden del Excmo. Sr. Capitán General del -Departamento, de 23 del mismo mes y en el que se disponía el abanderamiento y matrícula este buque. Es propiedad de D. Eduardo Victor Moriane (?). -En 29 enero de 1867 fue arqueado con arreglo a la R.O. de 13 enero de 1864 (?) y resulto tener las dimensiones siguientes: 405 toneladas de registro bruto, ocupando la maquinaria y carboneras, 196; la cámara bajo cubierta, 72, y los pañoles de pertrechos, 17; por lo cual quedan para bodegas 130 toneladas. -En el año 1861 declaró D. Eduardo Víctor Moriane (?) que este buque era propiedad de «Batler Hermanos» (?) (Realmente Butler Hermanos), que lo vendió en el mismo año a D. Francisco Couté (?) o Comte (?), director del «Crédito Comercial«, anotándose el 17 de abril de 1867. -Por testimonio librado por la Escribanía de Marina de esta provincia el 3 de julio de 1869, aparece que D. Ramón García Gastón y otros-, liquidadores de la sociedad «Crédito Comercial«, de esta plaza, otorgaron escritura por la que vendieron este buque a D. Julio Grimaldi y Pulido, de esta vecindad y comercio; así como los barcos nombrados: «CAPRICHO» «PENSAMIENTO”, “APOSTOL”, «MONARCA» y «BUENAVENTURA«, y también una participación en el llamado “AMALIA”; haciéndose esta anotación el 10 de marzo de 1871, en virtud de comunicación del Sr. Juez de 1ª Instancia del Distrito de Santa Cruz, fechada el día anterior. -Según testimonio de la Escribanía de Marina de esta Provincia de fecha 14 de diciembre 1871, consta que el armador de este buque lo ha vendido a D. Ricardo Trías, como gerente de la sociedad comanditaría, establecida en Sevilla, «Ricardo Trías y Compañía«. –Por escritura otorgada en la escribanía de Marina de esta Provincia el 5 de junio de 1874, D. Ricardo Trías y Fernández, en calidad de gerente de la razón social que se acaba de mencionar, constituyó hipoteca hasta la cantidad de 75.000 pesetas a favor de D. Tomás de la Calzada, de la misma vecindad comercio. —En 28 septiembre del mismo año y en la predicha oficina de Marina se firmó escritura de cancelación de la predicha hipoteca. -En el consignado día 28 de septiembre, D. Ricardo Trías y Fernández obtuvo permiso del Sr. Comandante de Marina para vender este vapor a D. Tomás de la Calzada y Rodríguez por la suma de 50.000 pesetas y con la condición de que si en al plazo de seis meses no habla sido devuelta dicha cantidad, quedaría firme la venta. Y como ocurrió, lo último, presentó el Sr. Calzada oportuna instancia al Sr. Comandante de Marina, y esta autoridad dispuso se anotara cómo este buque había pasado a ser propiedad del citado señor, consignándose el 6 de junio de 1875. -Según escritura autorizada en la Escribanía de Marina de esta Provincia el 31 de agosto de 1875, D. Isidoro Evaristo de la Calle y Hernández, de esta vecindad y comercio al par que apoderado de D. Tomás de la Calzada, armador de este buque, solicitó y obtuvo permiso del Sr. Comandante de Marina de esta Provincia para podarlo enajenar a favor de D. Cristóbal Llusá y Puig, del comercio de Barcelona y como gerente de la sociedad de dicha plaza “Llusa y Compañía”, venta que se efectuó por el precio de 62.500 pesetas. -Según oficio del Sr. Juez del Distrito de San Vicente de esta ciudad, al que se acompañaba copia de la demanda presentada en el mismo Juzgado por la razón social «Auguste Ghirlande et Cie«, solicitando el pago de 19.095 francos por reparaciones y suministros hechos al vapor «NON PLUS ULTRA” a su salida de Marsella, y, en consecuencia, la anotación preventiva de dicha reclamación, a lo que se accedió por el Juzgado en 10 de noviembre de 1875 y consignándose en el asiento de inscripción de este vapor al siguiente día.» -(Se expidió testimonio de este asiento en Sevilla y en 21 de diciembre 1875 para remitirlo al Excmo. Sr. Capitán General del Departamento de Cádiz).
El 16 de mayo de 1876 se anotó haber sido embargado este vapor en virtud de providencia del Sr. Juez de 1ª Instancia del Distrito de San Pedro de esta capital, de fecha 9 de dicho mes y un juicio ejecutivo promovido por la Maquinista Terrestre y Marítima contra la razón social «Llusa y Compañía«. -El 16 de octubre del mismo año 76 consignóse el levantamiento del predicho embargo, en méritos del auto del citado Sr. Juez de 19 de septiembre.
En 13 noviembre del repetido año 1876 se trabó el embargo preventivo de este vapor, en virtud de providencia del 4 dictada por el Sr. Juez de Distrito de Palacio, de esta capital, en el ejecutivo instado por «Gaza, Ybarrola y Compañía«, de Marsella, por falta de pago de una letra de 5.430,18 pesetas, intereses y costas contra “Llusa y Compañía”. -El 19 de diciembre amplióse el embargo de este buque por la cuantía necesaria hasta la liquidación total de dicha deuda.
Por providencia del Sr. Juez de 1ª Instancia del Distrito de San Beltrán, de fecha 30 enero de 1877, se embargó de nuevo este vapor en virtud de juicio ejecutivo promovido por D. Eduardo Menacho contra «Llusá y Compañía«, debiéndosele impedir cargara de nuevo este buque y emprendiese viaje: se anotó el 8 de febrero siguiente. Otra nota estampada el mismo día 8 de febrero consigna cómo por providencia del Sr. Juez de 1ª Instancia del Distrito de San Pedro, de fecha 6, en los autos ejecutivos instados por D. Ramón Muntaner contra «Llusá y Compañía«, en reclamación de 55.789 pesetas, intereses al 6% y costas, había sido embargado preventivamente este vapor.
El 22 de febrero del repetido año 1877 se anotó qué en virtud de providencia, de fecha 17, del Sr. Juez del Distrito de San Pedro, fue embargado este barco en méritos del juicio instado por la razón social «Hijos de D. José Vidal y Ribas«, contra D. Juan R. Franco, capitán del buque, y contra la sociedad «Llusá y Compañía«, sobre pago de 3.459,40 pesetas, gastos y costas.
Por providencia del mismo Sr. Juez del Distrito de San Pedro declaróse haber lugar a la tercería de mejor derecho de la sociedad- «El Cabotaje«, en el juicio promovido por D. Ramón Muntaner, en reclamación de 1.570,68 pesetas e intereses al 6%; lo cual se comunicó en 6 de agosto de 1878 y se anotó el 28 del mismo mes. En virtud de providencia del Sr. Juez de 1ª Instancia del Distrito de Palacio de fecha 1º abril 1879 y dictada en méritos de la causa criminal instruida sobre quebrantamiento deposito contra D. Cristóbal Llusá, se embargó este vapor para responder de la cantidad de 15.000 pesetas, asegurando así las responsabilidades pecuniarias que en definitiva pudieran declararse: se anotó el 9 de abril.
El 2 de junio de 1880 hízose constar la cancelación de la anotación preventiva de embargo de este buque en el ejecutivo instado por D. Ramón Muntaner en cumplimiento de la providencia del Sr. Juez, de 1ª Instancia, del Distrito de San Pedro, de fecha 26 mayo anterior. -Por el mismo Sr. Juez y en 26 de junio de 1880 se acordó la cancelación del embargo de este buque, en virtud del ramo separado de tercería que promovió la sociedad «El Cabotaje«: se anotó el 3 de julio.
En 13 de julio del mismo año 1880 hízose constar que según testimonio remitido por la predicha autoridad judicial, acordó ésta declarar levantado y anuládo el embargo que se trabo sobre este vapor, en méritos del juicio instado por «Hijos de D. José Vidal y Ribas» contra D. Juan R. Franco y la sociedad «Llusá y Compañía”.
El Sr. Juez del Distrito de Palacio de esta capital en 13 de julio de 1880 decretó el levantamiento del embargo que se había anotado aquí el 9 de abril de 1879.
En providencia de 17 de julio del repetido l880, el Sr. Juez del distrito de San Beltrán dispuso se cancelase la anotación de embargo que sobre este buque insto D. Eduardo Menacho: se anotó el 22 de julio. En 4 de agosto del mismo año se consignó aquí que el Sr. Juez de 1ª Instancia del Distrito de Palacio, por providencia de 30 julio decreto el levantamiento del embargo que había instado la razón social “Gaza, Ybarrola y Compañía«, de Marsella.
El Sr. Juez de 1ª Instancia del Distrito de San Vicente, de Sevilla, en providencia de 19 julio 1880 dispuso la cancelación del embargo de que fue objeto este vapor en 16 noviembre 1875, y que constó en la inscripción de Sevilla: anotado el 14 de agosto.
Según providencia del Sr. Juez de 1ª Instancia del Distrito de Palacio de esta capital, de fecha 16 agosto 1880, decretó dicha autoridad judicial fuese cancelada la ampliación de embargo de 14 diciembre 1876 y que se anotó aquí el 19.
En 18 agosto de 1880 se consignó la siguiente nota: «Con fecha 3 de septiembre de 1879 el Juzgado de 1ª Instancia del Distrito de Palacio de esta ciudad remitió copia autorizada de la indicada providencia, en la que se dispone que habiéndose enviado testimonio a los Juzgados de referencia de los embargos anotados, a fin de que, en su vista, dispongan su levantamiento y la cancelación de las anotaciones de los mismos, por haber sido este buque, en 4 de julio de 1879, rematado por el expresado Juzgado, habiéndose adjudicado a D. Antonio Camps, como mejor postor, por la cantidad de 13.467 pesetas, manifestando dicho Sr. Camps que había hecho la postura a nombre y por cuenta de D. José Torrabadella y Badía, el cual acepto los derechos y obligaciones del remate, entregando la cantidad indicada y habiendo quedado canceladas todas las anotaciones de los embargos expresados, en el día de ayer anotándose el traspaso de que se ha hecho mérito.
Según escritura que se otorgó ante el notario de esta ciudad D. Hermenegildo Martí y Ferrer en 20 de enero de 1880, fue vendido este buque en pública subasta y en virtud de providencia judicial, rematándose a favor de D. Antonio Camps y Muntañola, vecino de Gracia, como mejor postor y por la cantidad de 13.467 pesetas; lo cual hízolo por cuenta y orden de D. José Torrabadella y Badía, impresor y vecino de esta plaza, según se expresa en dicha escritura, a instancia de D. Manuel Taramona, del comercio de Bilbao- y apoderado de «Sanginés y Sobrino» contra «Llusá y Compañia«, en demanda ejecutiva por la suma de 3.180 pesetas, según escritura que fue presentada aquí el 26 de agosto de 1880: se anotó el 30 del mismo mes.
El 7 de septiembre de 1880 anotose que por escritura que autorizó el notario de esta ciudad D. Hermenegildo Martí Ferrer, D. José Torrabadella y Badía vendió este buque a D. Antonio Pascual y Nicolau, propietario y vecino de Palma de Mallorca, por el precio de 45.000 pesetas.
Según oficio del Excmo. Sr. Capitán General del Departamento de Cartagena, de fecha 12 octubre 1880, se accedió al cambio de nombre de este barco por al de «BALEAR«: anotado el 6.
El 6 de octubre de 1880 y ante el notario de esta ciudad D. Antonio de Domenech y Oliveras, D. Antonio Pascual y Nicolau, armador de este buque, manifestó en escritura pública que se había visto obligado a tomar a préstamo de D. José Díaz y Vidal, agente de Aduanas y vecino de esta ciudad la cantidad de 20.000 pesetas que ha invertido por completo no sólo en varias obras y reparaciones que por necesidad tenían que efectuarse en este buque, si que también en provisiones y demás, y en cumplimiento y para mayor garantía de este préstamo, hipoteco este vapor con todo su equipo: anotóse el 26 de octubre.
Por providencia del Sr. Juez de 1ª Instancia del Distrito de San Pedro de esta capital, de fecha 12 de enero 1881, en juicio promovido por D. José Díaz y Vidal, se trabó sobre este vapor embargo preventivo anotándose el 18 de marzo siguiente. -El día 19 de dicho mes o sea el día que siguió tomóse razón en este Registro que el mismo Sr. Juez y en providencia de 1º de febrero de 1881, no tan sólo ratificó el embargo de este vapor, sino que nombró depositario del mismo a D. Antonio Molas.
Según escritura que autorizo el notario de esta ciudad D. José Jordana en 24 de enero 1881, D. Antonio Pascual y Nicolau en garantía de la suma de 5.000 pesetas que había recibido dé D. Pedro Camprubí y Coch, hipotecó a favor del mismo este buque; lo cual se anotó aquí el 13 de octubre del mismo año.
El Sr. Juez de 1ª Instancia del Distrito de San Pedro, en providencia de 24 marzo de 1882 decreto que, no obstante el embargo que pesaba sobre este vapor, podía el mismo navegar entre los puertos de la península y del Mediterráneo, con las cláusulas y condiciones que en la misma providencia se expresan: se anotó el 28.
Una nota de 22 agosto de 1882 dice que según oficio del Sr. Juez de 1ª Instancia del Distrito de Palacio de esta ciudad y de fecha 18, en las diligencias sobre cumplimiento de sentencia recaídas en la causa sobre estafa seguida a instancia del Sr. Pascual y Nicolau contra D. José Díaz y Vidal, y en la cual fue aquel condenado con costas, en 17 del mismo mes; embargándose al Pascual este buque de su propiedad, para responder del total pago de las indicadas costas.
Según oficio del Sr. Juez de 1ª Instancia del Distrito del Pino, de fecha 21 agosto 1882, en méritos del juicio ejecutivo que se tramitaba en la Escribanía de D. Antonio Codorniu, instado por la sociedad «Hijos de J. M. Bofill«, contra D. Antonio Pascual, capitán del vapor BALEAR, sobre pago de cantidades; el 4 de junio último se trabó embargo preventivo sobre dicho vapor; el cual declaróse definitivo en 4 agosto y se anotó aquí el 24 de dicho mes.
Según testimonio de escritura de préstamo de la cantidad de 25.000 pesetas, que autorizo el 20 de enero de 1882 el notario de esta ciudad D. Antonio Vehils y Font del Sol, D. Antonio Pascual reconoció a favor de D. Pedro Solá y Casanovas, representante este ultimo de D. Eugenio Hains, comerciante y vecino de MarseIla, y para garantir el pago de dicha suma hipotecóse este buque: se anotó el 29 de diciembre de 1882.
Según comunicación del Sr. Juez dé 1ª Instancia del Distrito de San Pedro, de fecha 24 marzo 1883, en méritos del juicio ejecutivo que se tramita en dicho Juzgado a instancia de D. José Díaz y continuado por D. José Torrabadella contra D. Antonio Pascual y Nicolau, en cuya virtud fue embargado este vapor; se participa que éste ha sido vendido en subasta judicial a D. Ignacio Marqués y Bolet, quedando así cancelado el embargo e inscrito el buque a favor del rematante: anotado en 31 marzo.
Por oficio del Sr. Juez de 1ª Instancia del Distrito del Pino, de fecha 23 junio 1883,se comunicó el levantamiento del embargo que se había trabado el 4 de agosto de 1882 sobre este vapor y en virtud del ejecutivo que promovió la sociedad de “Hijos de J. M. Bofill”: se anotó el mismo día 23.
Según comunicación del Sr. Juez de 1ª Instancia del Distrito de Palacio, de fecha 11 diciembre 1883, por auto del día anterior fue levantado el embargo trabado sobre este buque en 18 agosto de 1882, en méritos de las diligencias sobre pago de costas a que se refiere la nota de 22 agosto de 1882: se consignó el 17 de diciembre.
Un oficio del Sr. Juez de 1ª Instancia del Distrito de San Pedro, de fecha 22 diciembre de 1883, en el ejecutivo seguido ante dicho Juzgado, dice que se trabó embargo sobre este vapor y que en su virtud fue vendido en pública subasta y adjudicado a D. Ignacio Marques. Hecho efectivo el precio de la venta, se cancelaron las hipotecas constituidas a favor de D. Pedro Camprubi, por 5.000 pesetas, y de D. Pedro Solá por 25.000, quedando así libre el buque y a disposición del comprador en 15 enero de 1883.
El 23 de agosto de 1884 se hizo constar la baja del vapor BALEAR (antes NON PLUS ULTRA) por haber sido desguazado, previo el competente permiso en este puerto y produciendo sus despojos la cantidad de 32.640 pesetas. (Del Registro de Marina)”…
En las hemerotecas está ampliamente documentado, pudiéndose seguir prácticamente todos sus singladuras. Veamos una selección de lo más destacable:
La primera noticia que tenemos la da el diario La Correspondencia de España, de Madrid, en su edición de 9 de febrero de 1861, en que se anota:
…”El 6 salió de Sevilla con dirección a Santander el nuevo vapor NON PLUS ULTRA, destinado a la carrera entre ambos puertos.
Dicen que este buque es el de mayores dimensiones que hasta ahora se había visto en el Guadalquivir”…
Realmente la creación de esta línea, cruzando la barra de Sanlúcar, saliendo al Atlántico, subiendo la dura costa de Portugal y recorriendo de punta a punta el temible Cantábrico, debía ser una odisea para estos vaporcitos, sus sufridas tripulaciones y sus desgraciados pasajeros. El capitán en esta primera parte de su vida marítima bajo pabellón nacional era el Sr. Juan R. Franco. Poco después ya estaría al mando de uno de sus capitanes vitalicios; D. Bartolomé Llompart. Ambos capitanes eran míticos en aquellas fechas.
En 1874 su capitán era el Sr. José de Mesa, habiendo cambiado la línea, y estando adscrito al servicio Alicante-Oran.
En 1876 vuelve a cambiar a un servicio costero entre puertos del Mediterráneo, con extensión a Cette y Marsella, y vuelve a mandarlo el Sr. Juan R. Franco.
En 1880, tras un periodo de inactividad, se vende a la matrícula de Baleares, como ya hemos visto.
El diario El Áncora, de Ses Illes, en su edición de 6 de diciembre de 1880, anotaba:
…”Procedente de Tarragona entro el sábado en este puerto el vapor BALEAR, al mando de D. José Riquer, con vino y efectos”…
El diario La Opinión, en su edición de 6 de diciembre de 1880, citaba:
…”El sábado llego a esta capital el vapor BALEAR, adquirido recientemente por los señores Pascual y compañía. Este buque se destina a hacer el servicio entre este puerto y el de Marsella con escala en Barcelona, para cuyos puntos saldrá el jueves próximo admitiendo carga y pasajeros”…
La empresa, según parece ser, se debía llamar Franco-Española, pero creemos que nunca llego a concretarse este nombre comercial. El diario El Áncora, en su edición de 7 de diciembre de 1880, asi lo citaba:
…”Leemos en nuestro colega El Isleño:
Una nueva empresa marítima a vapor anunciase con el título de Franco-Española de D. Antonio Pascual y Compañía, que se propone hacer viajes desde este puerto a Marsella con escala en Barcelona a precios reducidos. El primer viaje debe verificarse el jueves próximo a las cuatro de la tarde con el vapor BALEAR”…
Y también en El Áncora, en su edición de 9 de diciembre de 1880, se leía:
…”Ayer tuvimos ocasión de ver el magnífico vapor BALEAR adquirido por D. Antonio Pascual y Compañía para la navegación desde este puerto al de Barcelona y Marsella.
Su atento y amable capitán D. José Riquer nos proporcionó los datos siguientes:
Su porte es de 528 toneladas. Mide 55,4 metros de eslora, 8,34 de manga y 3,86 de puntal, y la fuerza de la maquina es de 120 caballos nominales, igual 518 efectivos, siendo su marcha regular de ocho a nueve millas por hora.
En sus cómodas cámaras adornadas con sumo gusto y elegancia hay 32 camarotes en la de 1ª y 26 en la de 2ª.
Los precios desde aquí a Barcelona son 20 pesetas en primera clase, 12,50 en segunda y 7,80 en cubierta”…
Interesante anotación descriptiva de los interiores del buque y de las tarifas aplicadas.
El 9 de diciembre de 1880 efectuaba su primer viaje en este servicio con diez pasajeros y mercancías.
Durante 1882, seguramente, era el propio armador quien lo capitaneaba.
Como ya hemos visto, embargado el buque a finales de 1883 ya no navegaría nunca más, siendo desguazado en Barcelona en el año 1884.
Buscando sobre la venta de una casa de Palma, me ha aparecido en el trabajo de la Sra. Aina Pascual (?https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/2695857.pdf pág. 186) un tal Antonio Pascual i Nicolau que tuvo que vender aquella casa a otra persona («que le había prestado dinero»).
Mi pregunta es: ¿será el mismo Antonio Pascual? Coinciden nombre, época e historia personal (alguien que se embarcó -nunca mejor dicho- en una empresa que no consiguió sacar adelante, y por la que finalmente contrajo numerosas deudas)