Uno de los varios opúsculos de Juan Llabres Bernal es el titulado UN CASO DE DERECHO MARITIMO MOTIVADO POR UN NAUFRAGIO EN MALLORCA. Una delicia en cuatro paginas que es extracto del BOLETIN DE LA CAMARA DE COMERCIO, INDUSTRIA Y NAVEGACIÓN de Palma de Mallorca, AÑO XLVII, Nº 566, de 1946. Debido a su valor historico y a su extensión lo transcribimos integro, incluidas sus fotos, de mala calidad pero de gran interés, que también se pueden encontrar en otras paginas de la red. La historia relata el naufragio del buque EL-GOLEA el 25 de mayo de 1931. Leamos: Un Caso de Derecho Marítimo Motivado por un Naufragio en Mallorca.
El 12 de septiembre de 1929, y en viaje inaugural, fondeó por primera vez en nuestro puerto el magnífico paquebot francés EL-GOLEA, perteneciente a la Compagníe de Navigation Míxte, de Marsella, que dos años más tarde, en junio de 1931 –como seguramente recordará el lector- se perdió totalmente en la costa N. de nuestra isla. Sirviendo la línea regular Port-Vendres a Argel, para la que fuera construido especialmente, y con 99 pasajeros, carga general y correspondencia, embarrancó sobre las 9 de la noche del 25 de mayo, con tiempo cerrado en bruma que impedía la visibilidad, en el punto conocido por Es Llamp, cerca de Cala Águlla, a poco más de media milla al W. del cabo del Freu (Capdepera).
La estación radio de Muleta (Sóller) recogió su llamada de socorro a las 11 de la noche y cuando ya el vapor DJEMILA, de la misma empresa y en viaje de itinerario Argel a Palma, informado del accidente, acudía en auxilio de su compañero.
Quedó EL-GOLEA casi perpendicular a la costa embestida, que era la del predio Son Jaumell, con más de la mitad de su quilla apoyada sobre las rocas, a unos quince metros del acantilado, y tal como se ve en la primera fotografía, resultando infructuosos cuantos esfuerzos hizo su capitán Mr. Cabaribere para zafarse y volver a flote.
El DJEMILA llegó a su lado el día siguiente, transbordó el pasaje y correspondencia, recaló en Palma y salió para Argel el 27, mientras que de Marsella vinieron para llevar a cabo el salvamento los vapores EL-BIAR y GOUVERNEUR GENERAL LEPINE -este para recoger los pasajeros del DJEMILA y conducirlos a Marsella- un remolcador de la misma Compañía, lanchones, ingenieros, buzos y demás personal especializado. Consignatario de la Navigation Mixte lo era en nuestro puerto la Casa Schembri, regentada por nuestro amigo D. Enrique Manera.
El buque ministrado, aunque no era fácil sacarlo, no corría peligro alguno salvo en el caso de que sobreviniesen tiempos del N. los que indefectiblemente originarían su perdida total.
Tenía EL-GOLEA -nombre con que se denomina uno de los más atractivos oasis del Sahara argelino- 4.480 toneladas de registro bruto, 5.076 bajo cubierta y 2.665 netas, había sido construido en los astilleros Forges et Chantiers de l
a Mediferranée, en La Seyne en 1929, y medía 102 metros de eslora, 15 de manga y 7,14 de puntal. Popa de crucero. Era de turbinas Parsons, dos hélices, quemaba mazout y carbón indistintamente, y alcanzaba una velocidad de 19 nudos. Contaba con modernas y lujosas instalaciones en sus dos cubiertas principales y estaba dotado de toda clase de servicios. Podía conducir 336 pasajeros distribuidos en cinco clases.
Tratábase pues de un esplendido buque bien clasificado en el Bureau Veritas. Llevaba 85 tripulantes.
El salvamento de EL-GOLEA se fijo mediante una de las formas mas corrientes de celebración del contrato marítimo de asistencia, estos es, sobre la base no cure no pay (no hay salvamento, no hay pago), o sea subordinada a un resultado fructuoso. Con arreglo a la misma –mundialmente aplicada de acuerdo a la formula del Lloyd´s y cuyo contenido persevera en el contrato como si se transcribiesen sus propias clausulas en el documento- si el buque o Empresa que intenta el salvamento fracasa y no alcanza un resultado mas o menos útil, carece de derecho a indemnización, mas si por el contrario obtiene éxito percibirá la indemnización fijada de antemano o lo que señalen los tribunales o los árbitros. El asistente queda en plena libertad de acción y puede incluso renunciar la prosecución de los trabajos sin que quepa contra él recurso alguno. En este caso se estipuló que si el salvamento fuera parcial principalmente de la mercancía conducida, el salvador tendría derecho a un tanto por ciento, a determinar por árbitros, del precio de venta o del precio de estimación establecido pericialmente.
En los últimos días de mayo eran aun optimistas las impresiones de los técnicos franceses con respecto a conseguir el reflotamiento de EL-GOLEA -que se resistía a todo intento de remolque- destruida ya por medio de pequeñas voladuras gran parte de la roca donde descansaba y una vez conseguida por los buzos la completa estanqueidad del casco, que fue desaguado por potentes bombas.
Numerosas personas acudieron desde Palma a Capdepera a presenciar los trabajos. Se esperaba una fuerte marejada que lo removiera y, efectivamente, levantada ésta el 15 de junio, se creyó llegada la hora de sacar el buque.
Se dieron los cables al vapor EL-BIAR (6.250 toneladas) y se inició favorablemente el arrastre ayudado por el estado del mar. Sin embargo la buena marcha de la faena fue alterada por un importante contratiempo. Un fuerte obstáculo que halló el vaso en su cauce de deslizamiento hizo que se rompieran los remolques quedando el buque a merced de las olas que le aconcharon contra el acantilado, desembarcando entonces, ante el evento de un hundimiento inmediato, la tripulación y obreros que trabajaban a bordo.
EL-GOLEA golpeado incesantemente contra la costa recibió tan fuertes choques que quedó abollado su casco por varias partes, embarrancando nuevamente en la roca misma, aunque variada un tanto su posición, algo aproado y casi paralelo a la tierra, en la forma que se percibe en los grabados que publicamos.
La violencia del temporal del N., persistente durante varios días, hizo imposible por completo el liberar del peligro al EL-GOLEA, que apareció una madrugada arrancado el puente y gran parte de la superestructura por la fuerza del mar, basculando más tarde, y partiéndose al fin en dos pedazos, por lo que reconociendo los técnicos, representantes de la Navigation Mixte y aseguradores su estado de innavegabilidad, el 19 de junio se acordó dar por terminados los trabajos para salvarlo.
Poco después dio comienzo su desarme y desguace de lo aprovechable a cargo de las compañías aseguradoras, a cuya propiedad pasó aquel infortunado vapor. En 1955 se vendieron los restos a un industrial de Sagunto, quien en 1942 traspasó su derecho al vecino de Cala Ratjada don Matías Esteva Fernández. Todavía, en los meses de verano, y a pesar del tiempo transcurrido, sigue algún buzo extrayendo perezosamente del fondo del mar chatarra para la venta.
Durante los primeros trabajos de auxilio y salvamento de EL-GOLEA fueron sacadas las mercancías que conducía, con un total de 65 toneladas de carga varia y 754 paquetes postales, más algún material y efectos de a bordo que fueron llevados a Argel, puerto de su destino.
Aprobado el convenio por el que se acordó someter las cuestiones derivadas de la asistencia a un arbitraje, se designó para ello al abogado Mr. E. Audouin, conocido especialista en Derecho Marítimo y a Mr. L. Bigard, agente de fletamentos, quienes dictaron la correspondiente sentencia arbitral en la que se desenvuelve la siguiente doctrina, recogida por las publicaciones profesionales, y que aclara el punto sobre sí deben contribuir los paquetes postales, a pesar de su especial naturaleza, a la indemnización por asistencia de un buque siniestrado: Si bien el régimen particular al que están sometidos los paquetes postales, tanto por la legislación francesa como por los Convenios Internacionales, no permite apli
car las reglas que rigen los transportes marítimos, ello ocurre únicamente en la medida en que estas normas están en oposición con la reglamentación especial de tales envíos.
Se justifica por tanto la reclamación de una indemnización de asistencia por el salvamento de los paquetes postales, ya que el contrato de asistencia estipulaba que «los servicios prestados serán aceptados como servicios de salvamento sobre la base no cure no pay, y en caso de salvamento parcial, principalmente de la carga, el salvador tendrá derecho al x por ciento del precio de la venta o del precio de estimación fijado por peritos».
No cabe duda pues que, en la común intención de las partes contratantes, el término «cargamento» significaba -en oposición al buque mismo- todos los efectos de cualquier clase que transportaba el vapor, fuesen o no objeto de conocimiento emitidos por el Capitán, y si en el espíritu de los capitanes o armadores los paquetes postales no debían ser comprendidos bajo tal denominación, su obligación hubiese sido advertir de ello a los salvadores antes de suscribir el contrato.
Juan Llabres. Abogado
Asesor de Marina de Distrito. Profesor de la Escuela de Náutica.
Este opúsculo, transcrito íntegramente, fue impreso por Viuda de F. Soler.
Interesantísimos, como siempre, los pequeños artículos del Sr. Juan Llabres Bernal.
Foto 1.- Situación del vapor EL-GOLEA el 26 de mayo de 1931, dia siguiente a su embarrancamiento. Foto y texto del opúsculo.
Foto 2.- Proa del vapor EL-GOLEA combatida por el temporal que le arranco el puente en junio de 1931. Foto y texto del opúsculo.
Foto 3.- Situación del vapor EL-GOLEA azotado por los mares del N. Foto y texto del opúsculo.
Foto 4.- Detalle del vapor EL-GOLEA falto de la superestructura anterior y partido en dos. Foto y texto del opúsculo.

El 12 de septiembre de 1929, y en viaje inaugural, fondeó por primera vez en nuestro puerto el magnífico paquebot francés EL-GOLEA, perteneciente a la Compagníe de Navigation Míxte, de Marsella, que dos años más tarde, en junio de 1931 –como seguramente recordará el lector- se perdió totalmente en la costa N. de nuestra isla. Sirviendo la línea regular Port-Vendres a Argel, para la que fuera construido especialmente, y con 99 pasajeros, carga general y correspondencia, embarrancó sobre las 9 de la noche del 25 de mayo, con tiempo cerrado en bruma que impedía la visibilidad, en el punto conocido por Es Llamp, cerca de Cala Águlla, a poco más de media milla al W. del cabo del Freu (Capdepera).
La estación radio de Muleta (Sóller) recogió su llamada de socorro a las 11 de la noche y cuando ya el vapor DJEMILA, de la misma empresa y en viaje de itinerario Argel a Palma, informado del accidente, acudía en auxilio de su compañero.
Quedó EL-GOLEA casi perpendicular a la costa embestida, que era la del predio Son Jaumell, con más de la mitad de su quilla apoyada sobre las rocas, a unos quince metros del acantilado, y tal como se ve en la primera fotografía, resultando infructuosos cuantos esfuerzos hizo su capitán Mr. Cabaribere para zafarse y volver a flote.
El DJEMILA llegó a su lado el día siguiente, transbordó el pasaje y correspondencia, recaló en Palma y salió para Argel el 27, mientras que de Marsella vinieron para llevar a cabo el salvamento los vapores EL-BIAR y GOUVERNEUR GENERAL LEPINE -este para recoger los pasajeros del DJEMILA y conducirlos a Marsella- un remolcador de la misma Compañía, lanchones, ingenieros, buzos y demás personal especializado. Consignatario de la Navigation Mixte lo era en nuestro puerto la Casa Schembri, regentada por nuestro amigo D. Enrique Manera.
El buque ministrado, aunque no era fácil sacarlo, no corría peligro alguno salvo en el caso de que sobreviniesen tiempos del N. los que indefectiblemente originarían su perdida total.
Tenía EL-GOLEA -nombre con que se denomina uno de los más atractivos oasis del Sahara argelino- 4.480 toneladas de registro bruto, 5.076 bajo cubierta y 2.665 netas, había sido construido en los astilleros Forges et Chantiers de l

Tratábase pues de un esplendido buque bien clasificado en el Bureau Veritas. Llevaba 85 tripulantes.
El salvamento de EL-GOLEA se fijo mediante una de las formas mas corrientes de celebración del contrato marítimo de asistencia, estos es, sobre la base no cure no pay (no hay salvamento, no hay pago), o sea subordinada a un resultado fructuoso. Con arreglo a la misma –mundialmente aplicada de acuerdo a la formula del Lloyd´s y cuyo contenido persevera en el contrato como si se transcribiesen sus propias clausulas en el documento- si el buque o Empresa que intenta el salvamento fracasa y no alcanza un resultado mas o menos útil, carece de derecho a indemnización, mas si por el contrario obtiene éxito percibirá la indemnización fijada de antemano o lo que señalen los tribunales o los árbitros. El asistente queda en plena libertad de acción y puede incluso renunciar la prosecución de los trabajos sin que quepa contra él recurso alguno. En este caso se estipuló que si el salvamento fuera parcial principalmente de la mercancía conducida, el salvador tendría derecho a un tanto por ciento, a determinar por árbitros, del precio de venta o del precio de estimación establecido pericialmente.
En los últimos días de mayo eran aun optimistas las impresiones de los técnicos franceses con respecto a conseguir el reflotamiento de EL-GOLEA -que se resistía a todo intento de remolque- destruida ya por medio de pequeñas voladuras gran parte de la roca donde descansaba y una vez conseguida por los buzos la completa estanqueidad del casco, que fue desaguado por potentes bombas.
Numerosas personas acudieron desde Palma a Capdepera a presenciar los trabajos. Se esperaba una fuerte marejada que lo removiera y, efectivamente, levantada ésta el 15 de junio, se creyó llegada la hora de sacar el buque.
Se dieron los cables al vapor EL-BIAR (6.250 toneladas) y se inició favorablemente el arrastre ayudado por el estado del mar. Sin embargo la buena marcha de la faena fue alterada por un importante contratiempo. Un fuerte obstáculo que halló el vaso en su cauce de deslizamiento hizo que se rompieran los remolques quedando el buque a merced de las olas que le aconcharon contra el acantilado, desembarcando entonces, ante el evento de un hundimiento inmediato, la tripulación y obreros que trabajaban a bordo.

EL-GOLEA golpeado incesantemente contra la costa recibió tan fuertes choques que quedó abollado su casco por varias partes, embarrancando nuevamente en la roca misma, aunque variada un tanto su posición, algo aproado y casi paralelo a la tierra, en la forma que se percibe en los grabados que publicamos.
La violencia del temporal del N., persistente durante varios días, hizo imposible por completo el liberar del peligro al EL-GOLEA, que apareció una madrugada arrancado el puente y gran parte de la superestructura por la fuerza del mar, basculando más tarde, y partiéndose al fin en dos pedazos, por lo que reconociendo los técnicos, representantes de la Navigation Mixte y aseguradores su estado de innavegabilidad, el 19 de junio se acordó dar por terminados los trabajos para salvarlo.
Poco después dio comienzo su desarme y desguace de lo aprovechable a cargo de las compañías aseguradoras, a cuya propiedad pasó aquel infortunado vapor. En 1955 se vendieron los restos a un industrial de Sagunto, quien en 1942 traspasó su derecho al vecino de Cala Ratjada don Matías Esteva Fernández. Todavía, en los meses de verano, y a pesar del tiempo transcurrido, sigue algún buzo extrayendo perezosamente del fondo del mar chatarra para la venta.
Durante los primeros trabajos de auxilio y salvamento de EL-GOLEA fueron sacadas las mercancías que conducía, con un total de 65 toneladas de carga varia y 754 paquetes postales, más algún material y efectos de a bordo que fueron llevados a Argel, puerto de su destino.
Aprobado el convenio por el que se acordó someter las cuestiones derivadas de la asistencia a un arbitraje, se designó para ello al abogado Mr. E. Audouin, conocido especialista en Derecho Marítimo y a Mr. L. Bigard, agente de fletamentos, quienes dictaron la correspondiente sentencia arbitral en la que se desenvuelve la siguiente doctrina, recogida por las publicaciones profesionales, y que aclara el punto sobre sí deben contribuir los paquetes postales, a pesar de su especial naturaleza, a la indemnización por asistencia de un buque siniestrado: Si bien el régimen particular al que están sometidos los paquetes postales, tanto por la legislación francesa como por los Convenios Internacionales, no permite apli

Se justifica por tanto la reclamación de una indemnización de asistencia por el salvamento de los paquetes postales, ya que el contrato de asistencia estipulaba que «los servicios prestados serán aceptados como servicios de salvamento sobre la base no cure no pay, y en caso de salvamento parcial, principalmente de la carga, el salvador tendrá derecho al x por ciento del precio de la venta o del precio de estimación fijado por peritos».
No cabe duda pues que, en la común intención de las partes contratantes, el término «cargamento» significaba -en oposición al buque mismo- todos los efectos de cualquier clase que transportaba el vapor, fuesen o no objeto de conocimiento emitidos por el Capitán, y si en el espíritu de los capitanes o armadores los paquetes postales no debían ser comprendidos bajo tal denominación, su obligación hubiese sido advertir de ello a los salvadores antes de suscribir el contrato.
Juan Llabres. Abogado
Asesor de Marina de Distrito. Profesor de la Escuela de Náutica.
Este opúsculo, transcrito íntegramente, fue impreso por Viuda de F. Soler.
Interesantísimos, como siempre, los pequeños artículos del Sr. Juan Llabres Bernal.
Foto 1.- Situación del vapor EL-GOLEA el 26 de mayo de 1931, dia siguiente a su embarrancamiento. Foto y texto del opúsculo.
Foto 2.- Proa del vapor EL-GOLEA combatida por el temporal que le arranco el puente en junio de 1931. Foto y texto del opúsculo.
Foto 3.- Situación del vapor EL-GOLEA azotado por los mares del N. Foto y texto del opúsculo.
Foto 4.- Detalle del vapor EL-GOLEA falto de la superestructura anterior y partido en dos. Foto y texto del opúsculo.
Perfecta la descripción de «El Golea». Yo en la revista local FAXDEPERA le dedique algunos artículos sobre este naufragio. Enhorabuena por su prefecta y detallada descripción.
Como autor del reportajes, no puedo opinar, ya que como periodista, me limite a recabar la información que llego a mi mesa de redacción
Como autor del reportajes, no puedo opinar, ya que como periodista, me limite a recabar la información que llego a mi mesa de redacción